Constitución/Artículo 136

De Enciclopedia Legal de Guatemala
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Artículo 136. Deberes y derechos políticos

Son derechos y deberes de los ciudadanos:

a) Inscribirse en el Registro de Ciudadanos;
b) Elegir y ser electo;
c) Velar por la libertad y efectividad del sufragio y la pureza del proceso electoral;
d) Optar a cargos públicos;
e) Participar en actividades políticas; y
f) Defender el principio de alternabilidad y no reelección en el ejercicio de la Presidencia de la República.

Leyes Relacionadas

  1. Ley Electoral y de Partidos Políticos
    Libro I - Ciudadanía y Voto
    Título Único
    Capítulo Único - Principios Generales
    Artículo 3. Derechos y deberes de los ciudadanos